Se fija el salario básico para el trabajador, vigente desde el 1 de enero de 2012. 13-Ene-2012.
Mediante Acuerdo No. 00369 del Ministerio de Relaciones Laborales, se fija a partir del 1 de enero del 2012, el salario básico unificado para el trabajador en general (incluidos los trabajadores de la pequeña industria, trabajadores agrícolas y trabajadores de maquila); trabajador/a de servicio doméstico; operarios de artesanía y colaboradores de la microempresa, en USD 292 mensuales.