Normas para la operación del Sistema de Identificación Fiscal SIMAR. (Resolución del SENAE No. 455, SRO 879, 10-nov-2016)

Normas para la operación del Sistema de Identificación Fiscal SIMAR. (Resolución del SENAE No. 455, SRO 879, 10-nov-2016)

Mediante Resolución del SENAE No. 455 se establéce  la tasa para el funcionamiento del Sistema de Identificación, Marcación, Autentificación, Rastreo y Trazabilidad Fiscal para los bienes gravados con el impuesto a los consumos especiales (SIMAR). 

Los bienes de producción nacional gravados con el impuesto a los consumos especiales que serán controlados a través del SIMAR son: 

a) Bebidas alcohólicas, 

b) Cigarrillos, y 

c) Cervezas.

El SRI podrá incorporar otros bienes gravados con impuesto a los consumos especiales al control del SIMAR, mediante resolución.